La Federación Mexicana de Futbol (FMF) fue sancionada con una multa de 42 millones 849 mil 95 pesos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, tras detectar diversas irregularidades relacionadas con el tratamiento de los datos personales del Fan ID, el sistema utilizado para el ingreso y control de aficionados en los estadios del balompié mexicano.
De acuerdo con la resolución oficial, la autoridad determinó que la FMF incurrió en incumplimientos a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, al no informar correctamente el tratamiento de datos biométricos y no obtener el consentimiento expreso de los usuarios.
La dependencia señaló que las irregularidades involucran información considerada datos personales sensibles, motivo por el cual se impuso una de las sanciones económicas más relevantes en materia de protección de datos en el deporte mexicano.
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¿Por qué multaron a la FMF? Estas fueron las dos infracciones detectadas
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno explicó que la Federación Mexicana de Futbol cometió dos infracciones principales durante la implementación del Fan ID.
1. La FMF no informó que las fotografías eran datos personales sensibles
La primera irregularidad consistió en que el aviso de privacidad del Fan ID no especificaba que las fotografías solicitadas a los aficionados tenían la categoría de datos personales sensibles, pese a que forman parte de la información biométrica protegida por la legislación mexicana.
Según la autoridad, esta omisión impidió que los usuarios conocieran el verdadero alcance del tratamiento de su información y tomaran una decisión plenamente informada sobre el uso de sus datos.
En el comunicado oficial se explicó que:
“La FMF recababa fotografías para generar el Fan ID, pero no señaló expresamente en su aviso de privacidad que dichos datos tenían el carácter de datos personales sensibles”.
2. No obtuvo el consentimiento expreso para tratar datos biométricos
La segunda infracción está relacionada con la forma en que la FMF obtuvo la autorización de los aficionados.
La autoridad indicó que la Federación únicamente solicitó aceptar una casilla dentro de su plataforma digital, sin implementar mecanismos que acreditaran el consentimiento expreso exigido por la ley.
Entre las omisiones detectadas destacan:
- No solicitar firma autógrafa.
- No utilizar firma electrónica.
- No emplear mecanismos de autenticación que comprobaran de forma indudable la identidad del titular.
La legislación mexicana establece que el tratamiento de datos personales sensibles, como los biométricos, requiere un consentimiento expreso y por escrito.
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¿Qué es el Fan ID y por qué utiliza datos biométricos?
El Fan ID es un sistema implementado por la Liga MX y la Federación Mexicana de Futbol para identificar a los aficionados que asisten a los estadios.
Su objetivo principal es fortalecer las medidas de seguridad, prevenir actos de violencia y facilitar la identificación de personas involucradas en incidentes dentro de los inmuebles deportivos.
Para generar el registro, los usuarios deben proporcionar información personal como:
- Nombre completo.
- Datos de identificación.
- Fotografía facial.
- Información de contacto.
Precisamente la utilización de imágenes faciales convirtió este procedimiento en un tema de especial vigilancia por parte de las autoridades de protección de datos.
¿Cómo se calculó la multa de 42.8 millones de pesos contra la FMF?
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que el monto de la sanción fue determinado considerando diversos factores previstos por la legislación.
Entre ellos destacan:
- La gravedad de las infracciones.
- El tratamiento indebido de datos biométricos considerados sensibles.
- La capacidad económica de la Federación Mexicana de Futbol.
- La declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
De acuerdo con la dependencia, estos elementos justificaron la imposición de una multa superior a 42.8 millones de pesos.
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¿La FMF puede impugnar la sanción?
Sí. La resolución aún puede ser combatida mediante los recursos legales correspondientes.
La propia Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno confirmó que la FMF tiene derecho a impugnar la multa, aunque adelantó que defenderá la legalidad de la resolución.
La dependencia sostuvo que la sanción fue emitida conforme a derecho y con el objetivo de proteger los derechos fundamentales de las personas respecto al manejo de su información personal.

